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B. G., M. c/ OSECAC s/AMPARO DE SALUD

Sentencia que declara el agotamiento del objeto del amparo por fallecimiento de la parte actora, y dispone el archivo del expediente y costas a la demandada, por la actitud procesal asumida. La decisión confirma la resolución de primera instancia, considerando que el objeto procesal se agotó tras el fallecimiento de la beneficiaria y que la parte actora realizó peticiones previas sin respuesta favorable.

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Cobertura integral de internación en geriátrico, medicación, pañales, suplemento alimentario y silla de ruedas, en el marco de una acción de amparo por discapacidad.

¿Qué se resolvió?

El tribunal declaró el agotamiento del objeto del amparo tras acreditarse el fallecimiento de la parte actora, disponiendo el archivo del expediente y la imposición de costas a la demandada. La sentencia resaltó que la actora solicitó cobertura sin respuesta favorable y que, tras el fallecimiento, la causa quedó extinguida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el caso, con fecha 14/5/2025, se acredita el fallecimiento de la Sra. M. B. G., por lo que el objeto de la acción de amparo se encuentra agotado." "Por ello, se declara agotado el objeto del presente amparo y se imponen costas a la demandada, dado que su actitud procesal dio lugar al inicio del amparo." "Asimismo, se hace referencia a la falta de oposición de la parte demandada respecto de la imposición de costas, justificando su decisión."

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