Logo

BENITEZ, ANTONIO DARIO c/ EMPRESA GENERAL URQUIZA SRL s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Cámara Civil en la Sala C modificó parcialmente la sentencia de primera instancia en un caso de daños y perjuicios por accidente de tránsito, confirmando en lo sustancial, pero ajustando los montos indemnizatorios y la tasa de intereses, fundamentando su decisión en la valoración de la prueba y la normativa aplicable.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Danos y perjuicios Responsabilidad civil Indemnizacion Gastos medicos Intereses moratorios Danos materiales Responsabilidad objetiva.


¿Quién es el actor?

Antonio Darío Benítez

¿A quién se demanda?

Empresa General Urquiza SRL y otro (seguro Escudo Seguros SA en garantía)
- Objeto de la demanda: Reclamo de daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 27/11/2016, reclamando una indemnización total de $709.200 por lesiones, gastos, daños materiales, privación de uso y daño moral.

¿Qué se resolvió?

La Cámara admitió parcialmente las apelaciones, modificó la cuantificación de algunos rubros, incrementando los gastos de farmacia, atención médica y traslados a $20.000, y la privación de uso a $100.000, además de ajustar la tasa de intereses moratorios, y confirmó en lo demás la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala valoró que la responsabilidad del demandado se ajusta a la responsabilidad objetiva prevista en los artículos 1757 y 1769 del Código Civil y Comercial, y que la prueba aportada acredita la mecánica del accidente. Respecto a la incapacidad sobreviniente, concluyó que no se acreditaron secuelas incapacitantes y, por ende, desestimó ese rubro. Los daños materiales del vehículo y la privación de uso fueron ajustados en monto, considerando informes periciales y la realidad de la reparación, mientras que los daños morales fueron valorados en $300.000, en línea con la gravedad del accidente y sus consecuencias.
- Fundamentos adicionales: Se analizó la correcta aplicación de intereses moratorios, concluyendo que corresponde aplicar intereses desde el momento del hecho (27/11/2016) hasta la sentencia y desde allí hasta el pago efectivo, con tasas propias del Banco de la Nación Argentina, en línea con la jurisprudencia. La distribución de costas se realizó en el orden causado.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar