LOBIANCO, FEDERICO MARTIN c/ MICROOMNIBUS CUARENTA Y CINCO SACIF. - (LINEA 45, INTERNO 26) s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La jueza de primera instancia resolvió que la parte actora tiene derecho a ser indemnizada por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 23 de abril de 2021. La sentencia condenó a la demandada a pagar más intereses y costas, basándose en la prueba de la mecánica del hecho, la responsabilidad del demandado y la exposición de daños físicos, morales y materiales. La decisión se fundamenta en la valoración de la prueba testimonial, pericial y documental, considerando que la versión del actor fue corroborada y que no se acreditaron eximentes de responsabilidad por parte de la demandada. La indemnización alcanzó la suma de $9.015.521, más intereses, y se condenó en costas a la parte demandada.
¿Quién es el actor?
Federico Martin Lo Bianco.
¿A quién se demanda?
Micro Ómnibus Cuarenta y Cinco SACIF.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
daños y perjuicios por el accidente de tránsito del 23 de abril de 2021, incluyendo daños físicos, morales, gastos médicos, daños materiales y privación de uso del vehículo.
¿Qué se resolvió?
la sentencia hizo lugar a la demanda y condenó a la demandada a pagar $9.015.521, con intereses, por los daños acreditados, además de costas. La jueza consideró probada la ocurrencia del accidente, la responsabilidad del demandado y la magnitud del daño, fundamentando en la valoración de la prueba testimonial, pericial y documental, en un marco de sana crítica y principios jurídicos aplicables.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los escasos elementos de prueba analizados avalan la versión de los hechos aportada por el accionante y frente a la falta de pruebas en contrario, tengo por acreditada la ocurrencia del accidente en el modo relatado en la demanda. La mecánica del hecho, corroborada por el informe pericial y las declaraciones de los testigos, muestra que el colectivo de la demandada realizó una maniobra que provocó el contacto con la motocicleta del actor, generando los daños reclamados. La responsabilidad del demandado no fue eximida por ninguna causa ajena, por lo tanto, corresponde la condena. La valoración de la incapacidad física y psíquica, junto con daños morales, gastos médicos y daños materiales, fue ajustada a las pautas del derecho civil y comercial, atendiendo a la edad del actor, su ingreso y las secuelas del accidente, estableciendo la suma resarcitoria en $9.015.521."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: