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LAURINO, TOMAS c/ LEGNAME, EMANUEL CALER SANTIAGO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La sentencia de primera instancia condenó a los demandados y aseguradoras en la suma de 114 millones de pesos por daños y perjuicios derivados de lesiones sufridas por el actor en un local bailable, confirmando la responsabilidad y la extensión de los daños.

Responsabilidad objetiva Dano moral Responsabilidad civil Seguros Danos fisicos y esteticos Responsabilidad por negligencia Seguridad en locales bailables Responsabilidad de los organizadores Responsabilidad de los aseguradores Responsabilidad en espectaculos publicos.


¿Quién es el actor?

Tomás Laurino
- Demandados: Emanuel Caleb Santiago Legname, Franco Giacomoni, Sergio Giacomoni, Mariana Tinte, Ugarte 1640 SRL, IP Seguridad SRL, Federación Patronal Seguros SA, SMG Compañía Argentina de Seguros SA
- Objeto de la demanda: Reclamo por daños y perjuicios por lesiones físicas y daños estéticos provocados en un local bailable, además de daños morales y gastos asociados.

¿Qué se resolvió?

El tribunal declaró la responsabilidad solidaria de los demandados y aseguradoras, condenándolos a pagar la suma de 114 millones de pesos, con intereses desde la fecha del hecho (01/09/2018). La responsabilidad se fundamentó en la responsabilidad objetiva derivada del incumplimiento de las obligaciones de seguridad y vigilancia en el local. La sentencia también rechazó las exenciones de responsabilidad alegadas por las aseguradoras, confirmando la responsabilidad por no haberse demostrado causa ajena que rompa el nexo causal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De acuerdo con las constancias de la causa penal, se acredita que los hechos ocurrieron en el interior del local, donde los agresores participaron en una riña que provocó lesiones graves al actor. La responsabilidad de los demandados y aseguradoras surge del incumplimiento de las obligaciones de seguridad y vigilancia, y la responsabilidad objetiva del local y las aseguradoras por los daños causados, conforme a la normativa vigente y la jurisprudencia aplicable. La sentencia penal condenatoria produce efectos de cosa juzgada en la responsabilidad civil, impidiendo discutir la culpabilidad de los condenados en esta instancia. La falta de identificación del agresor no exime a los responsables por la responsabilidad de los locales y las aseguradoras por la seguridad del evento."

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