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INDARTE, ALEJANDRA GRACIELA c/ BOTTARO, GUILLERMO PABLO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La sentencia declara la responsabilidad del demandado Bottaro por el daño causado a la actora al cruzar en semáforo en rojo y condena a los demandados a pagar $3.953.000 con intereses y costas, y rechaza las limitaciones de cobertura de la aseguradora.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Danos y perjuicios Responsabilidad civil Indemnizacion Apelacion Responsabilidad del conductor Seguro de riesgos del trabajo Semaforo en rojo Revision de prueba


¿Quién es el actor?

Alejandra Graciela Indarte
- Demandados: Guillermo Pablo Bottaro, Adriana Rosa Di Pietro y Paraná S.A. de Seguros
- Objeto de la demanda: indemnización por daños y perjuicios por lesiones en un accidente de tránsito ocurrido el 14 de mayo de 2021.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la demanda, se condena a los demandados a pagar la suma de $3.953.000 más intereses y costas, y se rechazan las limitaciones de cobertura de la aseguradora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El vehículo conducido por el demandado Bottaro giró a la izquierda en un semáforo en rojo, violando las normas de tránsito, y embistió a la actora que cruzaba en senda peatonal habilitada en el momento del impacto. La prueba testimonial y los informes periciales confirman que el semáforo en el momento de la colisión estaba en verde para la víctima y en rojo para el vehículo, por lo que la responsabilidad del demandado es fundada en la infracción de las señales lumínicas y las reglas de tránsito." "El sistema de responsabilidad por riesgo de la ley 17.418 y el art. 1757 del Código Civil y Comercial de la Nación, también aplicable, establece la presunción de responsabilidad del conductor por el contacto con la cosa peligrosa, en este caso, el vehículo, que no fue refutada por los demandados." "Se rechazan las cláusulas limitativas de cobertura por ser inoponibles a la víctima, dado que el contrato de seguros es de adhesión y las limitaciones afectan derechos fundamentales en perjuicio del asegurado." "Se determina una indemnización total de $3.953.000, considerando daño físico, daño psicológico, gastos médicos, y daño moral, con intereses desde la fecha del hecho."

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