MARTINEZ NOEMI SANDRA C/ SAVID MARTIN FERNANDO S/DESPIDO
La Cámara Civil de San Isidro confirmó la sentencia que declaró procedente la demanda por despido, estableciendo la responsabilidad del empleador y condenándolo al pago de $13.887,16 por indemnizaciones laborales, actualizadas y con intereses, además de inconstitucionalidad de normas legales relacionadas con actualización salarial.
- Quién demanda: Noemí Sandra Martínez
¿A quién se demanda?
Martin Fernando Savid
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnizaciones por despido, preaviso, integración del mes de despido, diferencias salariales, y actualización del crédito laboral
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la demanda, condenando al demandado a pagar $13.887,16, actualizados con el índice RIPTE y con intereses del 3%, además de declarar la inconstitucionalidad del art. 7 y 10 de la ley 23.928 (texto según ley 25.561) y del art. 48 de la ley 11.653, en virtud de la doctrina de la Suprema Corte de Buenos Aires. La sentencia también dispuso que los rubros de aguinaldo y vacaciones no gozadas se ajusten conforme a la ley, y que las costas sean soportadas por el demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia fundamenta la procedencia del reclamo en que la relación laboral fue instaurada en el marco de la Ley 26.844, que regula las relaciones en casas particulares, y que el empleador incumplió con la registración y reconocimiento de la relación, configurando despido indirecto. La rebeldía del demandado, quien no compareció a la audiencia de absolución de posiciones, permite presunciones favorables a la actora. Se destaca que la ley 26.844, en su art. I, abarca relaciones laborales en domicilios particulares sin lucro directo para el empleador. La sentencia también aborda la problemática de la actualización monetaria de los créditos laborales, declarando la inconstitucionalidad de normas legales que impiden la correcta actualización de los montos, y adoptando un mecanismo de actualización mediante el índice RIPTE más un interés del 3%, en consonancia con la doctrina de la Suprema Corte y decisiones jurisprudenciales recientes. Además, se justificó el incremento de la condena por la falta de registración laboral y los daños derivados. La decisión se fundamenta en la necesidad de protección efectiva del derecho de propiedad y de los derechos laborales, en un contexto inflacionario que afecta la tutela judicial efectiva. La sentencia fue dictada por mayoría, con disidencia en el método de actualización del crédito.
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