BRITEZ CARINA ALEJANDRA C/ DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BUENO Y OTROS S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La sentencia condenó al Fisco de la Provincia de Buenos Aires a pagar una indemnización por daño psicológico y físico derivado de accidente laboral, y rechazó las inconstitucionalidades y defensas de la demandada, confirmando la cuantificación y la prescripción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Britez Carina Alejandra, denunció un accidente laboral ocurrido en 2015 que derivó en disfonía irreversible y secuelas psicológicas, reclamando la reparación por daños y perjuicios. La demandada, la Provincia de Buenos Aires, negó la relación causal y alegó prescripción, además de cuestionar la constitucionalidad del índice RIPTE y los baremos de incapacidad. El tribunal, tras pericias médicas y análisis de la historia clínica, concluyó que la daño laboral se verificó y que la incapacidad total y definitiva alcanza el 25,79%. La sentencia rechazó la excepción de prescripción, consideró procedente la demanda y fijó la indemnización en $21.683.388, calculada en base a los mínimos de la ley 24557 y sus modificatorias, con intereses desde la sentencia. Se impusieron costas a la demandada y se dispusieron las formas de pago y acreditación. La decisión se fundamentó en que la enfermedad fue causada por las tareas laborales, que la incapacidad no se evidenció inicialmente, sino tras la recalificación administrativa en 2020, y que la ley de prescripción no aplica dado el carácter transitorio de los síntomas en sus comienzos.
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