ARIAS NATALIA C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
Homologación de acuerdo transaccional en reclamo laboral por suma de 7 millones de pesos, con aprobación judicial y regulación de honorarios y condiciones de pago.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Natalia Arias, demanda contra Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. una suma de $7.000.000 en el marco de una acción de revisión. La Cámara homologó el acuerdo transaccional celebrado entre las partes, considerando que la transacción representa una justa composición de derechos e intereses, sin enervar las disposiciones laborales de orden público. La resolución establece que la transacción se realiza por la suma pactada, que debe depositarse en la cuenta sueldo de la actora o en una cuenta bancaria compatible, y regula los honorarios de los profesionales intervinientes, además de las formalidades para el pago y acreditación de los mismos. La homologación se realiza en virtud de que el acuerdo cumple con los requisitos de justicia y conveniencia, garantizando los derechos del actor y la seguridad jurídica. Fundamentos principales: "La transacción arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts. 15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada (art. 30 de la ley 15.057)." "El acuerdo de pago y las pautas de depósito y pago de honorarios se ajustan a las previsiones legales y reglamentarias, garantizando la ejecución efectiva del acuerdo y el cumplimiento de las obligaciones por parte de la demandada." "En atención al monto transado, etapas procesales cumplidas y la naturaleza de las cuestiones debatidas, se regula además la forma de pago, la presentación de datos bancarios y las condiciones para el cumplimiento de las obligaciones." Votos en disidencia: No se registran votos disidentes relevantes.
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