FRATTA VERONICA VIVIANA C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES AUTOASEGURADO S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El tribunal revocó la resolución que dictaminó que la trabajadora no presentaba incapacidad y estableció una incapacidad parcial y permanente del 2,22% vinculada al accidente laboral del 30/3/2023, condenando al empleador a pagar una indemnización de $2.220.067 y adicionales intereses y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La trabajadora VERONICA VIVIANA FRATTA demanda a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires por accidente laboral ocurrido el 30/3/2023, alegando incapacidad psico-física del 27,2% y cuestionando la declaración de no incapacidad por parte de la Comisión Médica. La parte demandada argumenta preexistencias y rechaza la incapacidad denunciada. La prueba pericial médica revela una limitación funcional en el tobillo derecho, con una incapacidad del 2%, y una afectación psicológica del 5%, aunque se concluye que la patología psicológica no guarda relación causal con el accidente. La sentencia revisora revoca el fallo previo y establece una incapacidad parcial y permanente del 2,22% vinculada causalmente con el siniestro, condenando al empleador a pagar una suma de $2.220.067, intereses y costas. La sentencia fundamenta que la relación causal se acredita por los informes médicos y la evidencia del expediente, y que la normativa de Riesgos del Trabajo y su actualización legal respaldan el monto de la indemnización. Se rechazan los planteos de inconstitucionalidad y se confirma la decisión de primera instancia.
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