CAÑETE MATIAS LEANDRO C/ DISTRIBUIDORA CIDI SRL S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Tribunal del Trabajo Nº 1 de Lomas de Zamora homologó acuerdo transaccional entre las partes, considerando que cumple con los requisitos legales y que constituye una justa composición de derechos e intereses, por lo que corresponde homologarlo y ordenar su ejecución con costas a la parte demandada. La resolución incluye regulación de honorarios, tasas, y directivas para el pago y transferencia de fondos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Cañete Matías Leandro, promovió un acuerdo transaccional con la demandada, Distribuidora CIDI SRL, para poner fin al proceso laboral en trámite. El Tribunal del Trabajo Nº 1, tras evaluar la validez del acuerdo, concluyó que cumple con los requisitos legales y que constituye una justa composición de derechos e intereses de las partes. En consecuencia, homologó el acuerdo (art. 15 LCT), reguló honorarios profesionales y costas, e instruyó las medidas para la efectiva ejecución del acuerdo, incluyendo detalles sobre la transferencia de fondos y documentación necesaria para la percepción de honorarios. La decisión se fundamenta en que el acuerdo satisface los requisitos de ley y que no existen objeciones que impidan su homologación, avalando la voluntad de las partes y la conformidad del acuerdo. La resolución también aclara que la limitación del art. 277 de la LCT no rige para los honorarios profesionales en autos, y establece las condiciones para la comunicación y acreditación de pagos.
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