CORREA CLAUDIO EZEQUIEL C/ PREVENCION ART S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
La Cámara homologó el acuerdo entre las partes en el proceso por accidente laboral, disponiendo la validez del acuerdo, la regulación de honorarios, costas a la parte demandada, y estableció el pago mediante transferencia bancaria en cumplimiento de la ley y normativa vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Claudio Ezequiel Correa, demandó a Prevención ART S.A. por un accidente in itinere y solicitó la homologación de un acuerdo transaccional alcanzado entre las partes. La Cámara, en virtud del acuerdo presentado, dictó sentencia homologando el mismo, conforme al artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (L.C.T.), y reguló los honorarios profesionales, costas y demás aspectos administrativos y de pago. La decisión se fundamentó en que el acuerdo cumple con los requisitos de ley y representa una justa composición de derechos e intereses. Además, dispuso instrucciones para el pago y transferencia de fondos, cumplimiento de obligaciones fiscales y comunicación de datos, en línea con la normativa vigente, y estableció las costas a cargo de la parte demandada. La sentencia enfatizó que no rige la limitación del art. 277 de la LCT para honorarios y que las partes deben acreditar la efectividad de las transferencias y cumplir con los requisitos de comunicación y documentación para el pago correcto.
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