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RUEDA PAOLA IRIS C/ MARTINEZ PAULA LUCIA S/ DESPIDO

La Cámara de Primera Instancia en lo Laboral de Bahía Blanca confirmó la sentencia que rechazó el despido indirecto y condenó a la empleadora por deudas salariales, sanciones e intereses. La decisión se fundamentó en que la extinción del vínculo fue extemporánea y la conducta de la trabajadora no fue justificada.

Intereses Prueba testimonial Diferencias salariales Relacion laboral Despido indirecto Certificaciones laborales Sanciones laborales Inconstitucionalidad ley 23.928 Tasa activa banco provincia. Inconstitucionalidad arts 7 y 10 ley 23.928

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Paola Iris Rueda, demandó a Paula Lucía Martínez por despido indirecto, reclamando indemnización, diferencias salariales, multas y sanciones. La demandada reconoció la relación laboral pero argumentó extinción por despido con causa tras licencia por enfermedad. El tribunal acreditó la relación laboral desde 15/11/2014, pero concluyó que el despido fue extemporáneo, ya que la actora esperó el vencimiento de la licencia por enfermedad para comunicarse con la intención de despedirse por injurias. La prueba testimonial y documental corroboró la existencia de la relación y la jornada laboral. La sentencia rechazó el despido indirecto, ordenando el pago de salarios, diferencias, multas, intereses y la certificación de servicios. Se aplicó la tasa de interés activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires. La decisión se fundamentó en que la conducta de la actora fue contrario a la buena fe y que la extinción del vínculo fue extemporánea, por lo que no correspondía la indemnización por despido. La sentencia confirmó la condena a la empleadora y el pago de las sumas reclamadas, incluyendo intereses y multas.

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