PREVENCION ART SA C/ SUCESORES DE RAMIREZ MARTIN EZEQUIEL S/ CONSIGNACION
Homologación de acuerdo transaccional en juicio laboral, con cierre del proceso y regulación de honorarios y depósitos judiciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia homologó la transacción celebrada entre Prevención ART S.A. y los sucesores de Ramírez Martín Ezequiel, representados por Lucrecia Beatriz Bravo en nombre de su hijo menor, Jeremías Ramírez Bravo, en el marco de un proceso laboral. La parte actora y la demandada acordaron que las costas del juicio serían soportadas por la actora, con honorarios de letrado pactados en el mínimo de la escala legal y un monto total de honorarios de $6.403.326, además de aportes. La suma depositada en autos, que asciende a $64.033.261,20, se reinvirtió en plazo fijo judicial renovable automáticamente, y se dispuso que el Banco de la Provincia de Buenos Aires desafecte el plazo fijo constituido y deposite las sumas en la cuenta judicial, para luego colocarlas en un depósito a plazo fijo con la tasa de interés más elevada, conforme a la resolución 3960 del año 2019. La homologación implica que las partes declaran que con el acuerdo no podrán reclamar nada más respecto del accidente laboral, ya que la suma satisface y constituye la reparación integral del daño. La sentencia también regula la forma de pago de honorarios profesionales, la justificación de aportes y la comunicación a la AFIP y ARCA, en cumplimiento de las disposiciones legales. Además, se exime a la parte actora del pago del 50% del sellado y se ordena practicar la liquidación por secretaría. La homologación se realiza conforme a los artículos 1.641, 1.643, 1.644 del Código Civil y Comercial, y 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, considerando que la transacción no afecta el orden público y se ajusta a una justa composición de derechos e intereses. La decisión fue adoptada por unanimidad de los jueces.
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