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GONZALEZ MANUEL C/ CLITZ S.A. S/ DESPIDO

El Tribunal del Trabajo de Tandil homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso por despido, ratificando la validez y fuerza de sentencia del acuerdo alcanzado entre las partes. La resolución se fundamenta en que el acuerdo asegura una justa composición de derechos y cumple con la normativa legal vigente.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Gonzalez Manuel, demanda a Clitz S.A. por despido y acuerdo en conciliación. El tribunal analizó el acuerdo celebrado entre las partes, considerando que la parte accionante reajustó su pretensión crediticia y que el convenio establece las bases para una justa protección de derechos, en conformidad con el art. 15 de la ley 20.744. La jueza Persson expresó: "Luego de pormenorizado análisis del acuerdo celebrado por las partes, atento la naturaleza jurídica del convenio, y dado que la parte accionante ha reajustado su pretensión crediticia, encuentro que el mismo establece las bases que permiten asegurar una justa composición de los derechos e intereses de los convinientes, de conformidad con lo establecido en el art. 15 de la ley 20.744 (t.o.)." La homologación del acuerdo se realizó con fuerza de sentencia, estableciendo el pago de 1.500.000 pesos en 3 cuotas mensuales de 500.000 pesos cada una, con vencimiento a los 10 días hábiles de la homologación. Además, se impusieron las costas del litigio a la demandada, sin eximir del pago de la tasa de justicia, y se reguló la liquidación de honorarios profesionales en función de los arts. 16, 21, 22, 23, 25, 28 y 43 de la ley 14.967, ajustados a lo pactado y a las normativas aplicables. La sentencia concluye: "HOMOLOGAR con fuerza de Sentencia el acuerdo celebrado por la parte actora Gonzalez Manuel y la parte demandada Clitz S.A., por la suma de pesos un millón quinientos mil ($1.500.000), en concepto de monto transaccional, que serán pagaderos en 3 cuotas, venciendo la primera a los 10 días hábiles desde la homologación." La resolución también dispone la devolución de documentación y establece medidas para garantizar el cumplimiento del acuerdo y pago de honorarios y tasas, en línea con el proceso y normativa vigente.

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