"PANDIANI MARIO MARCELINO C/ CIRELLI PEDRO Y OTRO S/ ESCRITURACION"
La sentencia ordena la escrituración del inmueble a favor del actor, condenando a los herederos de Cirelli a otorgar la escritura en 30 días, y establece costas y posibles indemnizaciones por imposibilidad de escriturar. La decisión se basa en la prueba documental, el cumplimiento de pagos, y la obligación contractual de escriturar.
La demanda fue promovida por Mario Marcelino Pandiani contra los herederos de Pedro Cirelli, Nélida Norma Cirelli y Horacio Pedro Cirelli, solicitando la escritura traslativa de dominio del inmueble ubicado en Adolfo Sordeaux, Provincia de Buenos Aires. Se acreditó la compraventa, pagos efectuados y la titularidad del inmueble en cabeza de los herederos, quienes no contestaron la demanda y fueron declarados en rebeldía. La sentencia destacó que la obligación de escriturar, nacida del boleto de compraventa, es una obligación de hacer que puede ser exigida judicialmente, y que el plazo para cumplirla debe ser razonable. Se ordena a los herederos a otorgar la escritura en 30 días, con la advertencia de que, en caso de imposibilidad, se podrá condenar a indemnización. La decisión se fundamenta en el art. 1185 del Código Civil, en la jurisprudencia sobre obligaciones de hacer, y en la prueba documental aportada. La rebeldía de los demandados y el reconocimiento de la compraventa y pagos realizados justifican la sentencia favorable al actor.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: