GUILLER DIANA EUGENIA C/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
La sentencia de primera instancia condenó a Telefónica de Argentina S.A. a pagar una indemnización por daños y perjuicios, daños punitivos y daños morales por incumplimiento contractual y conducta omisiva en relación con el servicio de telefonía. La Cámara confirmó la decisión y la cuantía de la condena, resaltando la conducta negligente y la falta de diligencia de la empresa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Diana Eugenia Guiller, promovió demanda por daños y perjuicios contra Telefónica de Argentina S.A. por incumplimiento contractual en la prestación del servicio telefónico e internet, que derivó en daños materiales, daño moral y daño punitivo, alegando incumplimientos reiterados, baja unilateral del servicio, y falta de respuesta a reclamos. La demandada negó las irregularidades, argumentando problemas técnicos por incendio y facturación ajustada a cero, y rechazando responsabilidad. La sentencia de primera instancia, basada en la relación de consumo y en la prueba rendida, concluyó que la demandada actuó con conducta omisiva, violando principios de buena fe y la protección del consumidor. La Cámara ratificó que la conducta de la empresa fue grave, omisiva y lesiva de los derechos constitucionales de la actora, imponiendo una condena integral de $1.900.000 más intereses, por considerar que la conducta de la demandada constituyó una infracción grave a sus deberes de diligencia y transparencia, y que la responsabilidad en las relaciones de consumo es objetiva y reforzada. La sentencia también rechazó la inconstitucionalidad alegada por la actora respecto a ciertos artículos de la Ley 23.928.
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