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CASTAGNA FRANCISCO C/ DAVIDS MARIA JOSE S/ DESALOJO FALTA DE PAGO

El Juzgado Civil y Comercial N° 7 de San Martín dictó sentencia en un juicio de desalojo por falta de pago, ordenando a los demandados desocupar el inmueble en 10 días y condenándolos en costas. La decisión se basa en la prueba documental y el silencio de los demandados, que implica reconocimiento de hechos.

Costas Rebeldia Desalojo Notificacion Inmuebles Falta de pago Reconocimiento tacito Ley 26.994 Contrato locativo Civil y comercial

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Francisco Castagna, demanda el desalojo por falta de pago del inmueble en Ciudadela, Buenos Aires, tras suscribir un contrato de locación con la demandada María José Davids el 1 de junio de 2021, por 36 meses. La documentación acreditó la existencia del contrato y la intimación de restitución mediante carta documento, sin que los demandados hayan contestado ni restituido el inmueble. La sentencia señala que, por la falta de contestación, los hechos de la demanda se presumen ciertos y aceptados, conforme a los arts. 354, 375 y 484 del CPCC. Además, la normativa aplicable es la vigente al momento de la situación jurídica, esto es, el Código Civil y Comercial de 2015. La prueba documental no fue cuestionada y el silencio de los demandados permite estimar que se encuentran en ocupación sin título, que no han abonado los alquileres ni han restituido el inmueble. La sentencia hace lugar a la demanda y ordena la desocupación en 10 días, con costas a la parte vencida.

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