GATTORNA ERNESTO ADRIAN S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia declara la sucesión por fallecimiento de Ernesto Adrian Gattorna y reconoce a sus herederos, conforme a la ley y los antecedentes probatorios presentados. La resolución se fundamenta en la documentación probatoria de defunción, unión de hecho y nacimiento de los hijos, y en el cumplimiento de los requisitos legales del proceso sucesorio. El tribunal dispuso que los herederos universales sean sus hijos Lautaro Gabriel Gattorna y Goicoechea y Renata Maria Gattorna y Goicoechea, y ordenó el cese de la intervención del Ministerio Fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia fue dictada en el expediente "Gattorna Ernesto Adrián s/ sucesión ab-inestate", en el cual se acreditó mediante certificado de defunción la muerte del causante, quien era soltero y dejó una unión de hecho con Mariel Clarisa Goicoechea, con quienes nacieron dos hijos. Se solicitó y se cumplió la publicación de edictos en cumplimiento del art. 734 inc. 2 del CPCC. El tribunal, tras evaluar la documentación y el dictamen del Ministerio Fiscal, declaró que por fallecimiento de Ernesto Gattorna le suceden en carácter de herederos universales sus hijos Lautaro Gabriel y Renata María Gattorna y Goicoechea. La resolución se fundamenta en la ley y en la prueba documental aportada, concluyendo que la sucesión corresponde a los hijos del causante, sin perjuicio de terceros. La decisión se basa en los arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación, y los arts. 735 y 737 del CPCC, y fue dictada en el marco de la tramitación del proceso sucesorio, con la correspondiente notificación electrónica y firma digital del juez.
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