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MELO ALEJANDRO C/ BUSSO PILAR ELVIRA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Poderosa sentencia que condena a los demandados por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido en Junín. La Cámara confirma la responsabilidad del automovilista y la aseguradora, y establece la indemnización según los rubros probados y las fórmulas actuariales correspondientes.

Responsabilidad objetiva Incapacidad sobreviniente Dano moral Responsabilidad civil Actualizacion monetaria Dano psicologico Danos materiales Peritaje mecanico Accidente transito Ley 24.449

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, MELO ALEJANDRO, demanda por daños y perjuicios a la conductora del vehículo, BUSSO PILAR ELVIRA, y a la aseguradora COOPERACION MUTUAL PATRONAL SOC. MUTUAL DE SEGUROS, tras un accidente ocurrido el 23/03/2023 en Junín. La demandante reclama daños materiales, gastos médicos, daño psicológico, incapacidad sobreviniente, daño moral y daños a la motocicleta. La defensa niega responsabilidad y argumenta que la conducta del actor fue culpable, además de cuestionar la mecánica del hecho y la responsabilidad de la demandada. La prueba pericial mecánica establece que el accidente ocurrió en circunstancias que la motocicleta colisionó con el automóvil de la demandada, que circulaba con prioridad de paso, y que la responsabilidad recae en el conductor que no respetó las reglas de tránsito. La sentencia concluye que la responsabilidad es del automovilista, por lo que se condena a pagar las sumas reclamadas, ajustadas y con intereses. Además, se declara la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 para este caso y se aplican mecanismos de actualización monetaria y tasa de interés del 6% anual desde el hecho.

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