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MUNICIPALIDAD DE JUNIN C/ BAZZANI JUAN Y OTRO/A S/ APREMIO

La sentencia señala la extinción de la acción por pago en un proceso de apremio, y regula honorarios y costas. La Cámara dispuso que la acción se considere extinguida por pago, y ordenó el pago de sumas por tasas y sobretasas, con apercibimiento de medidas de cobro.

Honorarios Multa Pago Cumplimiento Apremio Tasas judiciales Extincion de la accion Medidas de ejecucion Ley 14.967 Ley 6716

¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal analizó el expediente en el cual Bazzani Juan demanda a la Municipalidad de Junín en un proceso de apremio. La parte demandada solicitó la extinción de la acción por pago, lo cual fue aceptado por el tribunal. La decisión se fundamenta en que la acción está extinguida por pago, de acuerdo a los arts. 3, 7 y 865 del C.C. y C. de la Nación, que justifican el cierre del proceso ante el pago de la suma adeudada. La sentencia también regula la imposición de honorarios a la letrada, y ordena a la Municipalidad que liquide los montos correspondientes en concepto de tasas y sobretasas, intimando a la obligación al pago bajo apercibimiento de medidas de ejecución. La resolución indica que "tiénese por extinguida la presente acción por pago", y que "regulo los honorarios de la Dra. Graciela Liliana Pita, en la suma equivalente a 12 IUS arancelarios con más el 10 % que determina la ley 6716 e IVA si correspondiera".

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