EL ÑANDU CHICO SRL c/ EN-AFIP s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
La Cámara Contencioso Administrativo Federal- Sala I resolvió aceptar el desistimiento de la acción y del derecho por parte de El Ñandú Chico SRL, con costas, en el marco de la regularización tributaria conforme a la ley 27.743. La decisión se fundamenta en que la firma regularizó sus obligaciones y manifestó expresamente su desistimiento, considerando que la norma permite tal resolución en estos casos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La firma actora, El Ñandú Chico SRL, promovió una demanda contra la AFIP para que se revoque una resolución que rechazó su reorganización societaria, impugnando la desestimación del recurso de apelación.
- La primera instancia rechazó la demanda y ordenó costas.
- La Sala I de la Cámara Administrativo Federal desestimó los agravios de la parte actora, confirmando la decisión.
- La parte actora interpuso recurso extraordinario federal, el cual fue concedido.
- La firma informó que regularizó sus obligaciones tributarias en los términos de la ley 27.743, acompañando el plan de pagos y el formulario correspondiente, allanándose y desistiendo de toda acción y derecho, incluso el de repetición.
- La parte demandada, AFIP, manifestó que no se opone al desistimiento siempre que las costas sean a cargo de la parte actora.
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto el llamamiento de autos para que el tribunal de origen resuma su jurisdicción.
- La Sala, en instancia posterior, declaró la desistida de la acción y del derecho a El Ñandú Chico SRL, con costas, en virtud del cumplimiento de la regularización y del desistimiento expresado en las presentaciones.
- La fundamentación se basa en la normativa de la ley 27.743, la resolución general 5525/2024 y los artículos 73, 304 y 305 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que habilitan el desistimiento y la renuncia a toda acción y derecho en estos casos.
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