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L., E. L. c/ MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION

El juez ordena a la Administración que resuelva la trámite de inscripción en el Registro REPROCANN en 10 días, tras constatar la mora administrativa en la no emisión de acto formal. La sentencia reconoce la inacción de la Administración y ordena su cumplimiento en plazo legal.

Mora administrativa Orden judicial Administracion publica Amparo por mora Registro reprocann Tramite pendiente Orden de cumplimiento Ley 19.549 Ley 27.350 Inaccion administrativa

Actor: E. L. L. Demandado: Ministerio de Salud de la Nación Objeto: Declarar la arbitrariedad del silencio administrativo y ordenar la inscripción y alta en el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN) conforme ley 27.350. Decisión: Se hizo lugar al amparo por mora y se ordenó a la demandada que, en 10 días, despache de manera formal, expresa y definitiva la resolución solicitada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal recordó que el amparo por mora es una sentencia condenatoria que impone a la Administración el deber de decidir en plazo razonable. Se comprobó que el trámite iniciado el 22 de noviembre de 2023 no ha recibido respuesta formal, y la Administración no acreditó avances ni justificativos válidos. La demandada incurrió en mora al no contestar ni resolver la solicitud, por lo que procede la orden judicial. Se destacó que la Administración no ha demostrado haber avanzado en las actuaciones ni respondido el requerimiento judicial, por lo que se impone la medida cautelar.

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