Incidente Nº 3 - DENUNCIANTE: RIPOLL, JORGE ADRIAN s/Cuestión de competencia (Art.48 del CPPF)
La sentencia declaró la incompetencia del Juzgado Federal de Jujuy 2 para seguir con el conocimiento del caso y ordenó la remisión a la justicia provincial, fundamentando que las evidencias y hechos investigados no justifican la competencia federal en virtud de la falta de elementos probatorios que acrediten delitos de trascendencia federal o participación de funcionarios nacionales.
¿Quién es el actor?
La Unidad Fiscal Jujuy (en representación del Ministerio Público Fiscal).
¿A quién se demanda?
Este Juzgado Federal de Jujuy 2.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de incompetencia del fuero federal para entender en la causa y su remisión a la justicia provincial.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar al recurso de apelación, declarando la incompetencia de este juzgado y remitiendo las actuaciones a la justicia provincial de Jujuy.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que, tras una exhaustiva investigación, no se lograron reunir elementos que justifiquen la competencia federal, ya que las maniobras denunciadas (plantación de estupefacientes, uso de moneda falsa, posibles actividades en oficinas del Senado, entre otras) no demostraron participación de hechos de relevancia federal. La evidencia reunida, incluyendo pericias telefónicas, declaraciones y análisis probatorio, se limitó a indicios de actividades delictivas que exceden la esfera de la competencia del fuero federal, además de no haberse acreditado participación de funcionarios nacionales o hechos ocurridos en ámbitos federales. La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia respalda que la declaración de incompetencia debe estar fundada en evidencia concreta, y en este caso, no se logró justificar la competencia federal. La decisión se fundamenta en que la investigación se encuentra en etapa previa a la formalización y que no existen indicios suficientes para mantener la competencia del fuero federal.
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