GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en AGUIRRE, CRISTINA SUSANA Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario rechazó la queja del GCBA contra la denegación de un recurso de inconstitucionalidad en un conflicto laboral. El tribunal argumentó que la queja carece de fundamentación suficiente y que los agravios se limitan a disconformidades con decisiones de hecho y prueba.
- Actor: GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
- Demandado: Instituto de la Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC)
- Objeto de la demanda: Reclamo de indemnización por despido irregular y reclamos laborales vinculados a la registración y condiciones de trabajo de la actora, María Haydee Arabia.
- Decisión del tribunal: La Cámara rechazó la apelación del GCBA y confirmó la denegación del recurso de inconstitucionalidad, argumentando que los agravios no cumplen con los requisitos de fundamentación y que los cuestionamientos son cuestiones de hecho y prueba, no de constitucionalidad.
- Fundamentos principales:
La jueza Weinberg sostuvo que la queja no logra sostener un caso constitucional, ya que los agravios no critican concretamente las razones de la sentencia de la Cámara, sino que expresan disconformidad con la decisión. La falta de crítica concreta y fundamentada respecto a la interpretación de normas infraconstitucionales, como la ley 471 y el decreto 2182/03, hace que la queja carezca de sustento. Además, los argumentos giran en torno a cuestiones de hecho, prueba y valoración normativa, aspectos ajenos a la jurisdicción del recurso de inconstitucionalidad. La jueza Ruiz agregó que la queja no cumple con la carga de fundamentación exigida por la ley, y que los agravios son meras discrepancias sin suficiente fundamentación. El juez Lozano destacó que el GCBA no logra demostrar error o arbitrariedad en la sentencia, limitándose a expresar disconformidad. El juez Otamendi afirmó que la queja carece de fundamentación adecuada y que sus argumentos son cuestiones de hecho y prueba, ajenas a la competencia del recurso de inconstitucionalidad.
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