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GATICA JOSE LUIS C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

La demanda de Jose Luis Gatica por enfermedad profesional fue rechazada, confirmando la decisión de primera instancia y argumentando que no se acreditó la relación causal entre las tareas laborales y las patologías.

Recurso de apelacion Prueba testimonial Relacion causal Prueba pericial Accidente laboral Inconstitucionalidad Enfermedad profesional Hernia discal Patologias columna Incumplimiento probatorio.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, José Luis Gatica, demanda por enfermedad profesional derivada de tareas como chofer y sepulturero en la Municipalidad de Pilar, alegando exposición a esfuerzos físicos, posiciones forzadas y vibraciones que generaron hernias discales y cervicalgias. La sentencia de primera instancia rechazó la demanda por insuficiencia probatoria, señalando que no se acreditó la relación causal entre las tareas laborales y las patologías, y que las dolencias no estaban contempladas en las leyes de enfermedades profesionales. La pericia médica concluyó que las lesiones tenían carácter post traumático y que no se acreditó que fueran consecuencia directa y exclusiva del trabajo, además de que las patologías no estaban en los baremos legales. La prueba testimonial fue considerada imprecisa y contradictoria. La Cámara sostuvo que las lesiones no estaban acreditadas como derivadas del trabajo, que las patologías no estaban contempladas en las leyes vigentes y que la relación causal no fue probada. Fundamentos principales: "Las afecciones físicas detectadas por el perito han sido definidas como de carácter post traumático, sin embargo, en las presentes actuaciones no se ha indicado el acaecimiento de un accidente sino que se reclama por patologías derivadas de la actividad normal realizada por el trabajador. Por ello, en primer lugar habré de aclarar que si fueran consecuencia de un trauma o accidente, tal circunstancia no fue la descripta en la demanda. Por otra parte, dichas dolencias han sido relacionadas al esfuerzo solo parcialmente, por lo cual su origen sería de carácter concausal en caso que se demostrara el esfuerzo." "En la demanda no se reclama por una hernia de disco operada, que fue lo establecido por el perito médico, sino por 'lumbalgia, discopatía múltiple, hernia lumbar y cervical y limitación funcional de columna lumbar'. La intervención quirúrgica posterior, no atribuible a la demandada, no puede considerarse en la relación causal." "En definitiva, no se ha acreditado en modo alguno que las tareas desarrolladas por el actor implicaran esfuerzos, posturas forzadas o movimientos repetitivos que puedan considerarse causa directa e inmediata de las patologías, ni que las dolencias sean consecuencia de las tareas laborales."

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