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TOLOZA MIGUEL OMAR C/ RS STONES SRL S/ DESPIDO

La homologación del acuerdo de conciliación en un proceso por despido laboral. La Cámara del Trabajo de San Isidro homologó el acuerdo y dispuso su cumplimiento con exención de impuestos y costas a la demandada, enfatizando la naturaleza alimentaria del pago y las condiciones para su efectiva realización.

Honorarios profesionales Cuentas bancarias Despido Pago directo Justicia laboral Exencion impuestos Homologacion acuerdo laboral Suspension plazo Condiciones pago Apertura cuenta judicial


- Quién demanda: Miguel Omar Toloza

¿A quién se demanda?

RS Stones SRL

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de acuerdo de conciliación en proceso por despido, con reconocimiento de monto y condiciones de pago.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo de fecha 21/8/2025, con imposición de costas a la demandada, exención de impuestos y tasas, y regulación de honorarios profesionales. Además, se establecieron mecanismos para el pago directo en cuenta bancaria y la apertura de cuenta judicial en caso de no acuerdo, suspendiendo el plazo de pago hasta acreditación de la cuenta.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Considerando que en la especie se obtiene una equitativa composición de derechos de las partes y que no se advierten violaciones de derechos protegidos por el orden público, debe homologarse el acuerdo. La homologación implica que las partes han llegado a un entendimiento que satisface sus intereses y no vulnera normas de orden público, por lo cual se cumple con los requisitos del art. 12 y 15 de la Ley de Conciliación Laboral (Ley 15.057). Además, la exención del pago de impuestos y tasas procesales busca facilitar la ejecución del acuerdo y promover la finalización del conflicto laboral en términos justos y eficaces." "Asimismo, se regula la forma de pago para garantizar la efectividad del acuerdo, estableciendo que los importes podrán abonarse mediante transferencia bancaria a la cuenta denunciada por la parte actora, y en caso de no haber acuerdo, se procederá a realizar depósitos en la cuenta judicial. La medida busca asegurar la protección del derecho alimentario del actor y la celeridad en el cumplimiento de la condena."

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