MARTINEZ, MARIA DE LOS ANGELES C/ DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BS AS S/ACCIDENTE IN-ITINERE
Se deja sin efecto el párrafo de la sentencia del 14/08/25 y se ordena que los pagos de los honorarios profesionales sean depositados en la cuenta judicial de los autos. La resolución responde a una presentación del 25/08/2025 por parte de la perito médica, ajustando la forma de pago según la ley 15.057.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, María de los Angeles Martinez, demanda a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires en un expediente por accidente in itinere. La decisión del tribunal fue dejar sin efecto el párrafo de la sentencia del 14/08/25 y ordenar que los honorarios profesionales sean depositados en la cuenta judicial. La resolución se fundamenta en que, tras la presentación de la perito médica el 25/08/2025, se ajustó la modalidad de pago a lo establecido por el artículo 68 de la ley 15.057, garantizando que los pagos se realicen en la cuenta judicial. La modificación responde a la necesidad de asegurar la correcta gestión de fondos y la transparencia en los desembolsos, evitando pagos directos a las partes o profesionales sin control judicial.
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