NAVESSO CEFERINA MARIA INES C/ GALENO A.R.T. S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Mar del Plata confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, reconociendo una indemnización por incapacidad laboral del 11,41% y ordenando el pago en especie de tratamiento psicológico y psiquiátrico, además de intereses y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Ceferina María Inés Navesso, demanda por accidente laboral ocurrido el 19/11/2019, que le produjo una incapacidad física del 6,14% y una incapacidad psíquica estimada entre el 3 y 9%, derivada de fracturas y trastorno adaptativo. La sentencia de primera instancia reconoció un 11,41% de incapacidad total y condenó a la ART a pagar $485.631,59, además de provisión en especie de tratamiento psicológico y psiquiátrico. La Cámara confirma la existencia del daño y la incapacidad, ajustando el porcentaje a 11,41% mediante la fórmula de la ley 24.557, considerando preexistencias del 6%. La sentencia también establece que las prestaciones de salud deben ser en especie, conforme al art. 20 de la Ley 24.557. Se rechazan las excepciones de cosa juzgada y las inconstitucionalidades planteadas por la demandada. Se fijan costas a cargo de la demandada. Fundamentos principales: “Analizando la prueba reunida, se acredita que la actora sufrió un daño en su salud en fecha 19/11/2019, como consecuencia del accidente de trabajo, con una incapacidad física del 6,14% y psíquica entre 3 y 9%. La pericia psiquiátrica concluyó que presenta un daño psíquico equiparable a una reacción vivencial anormal neurótica fóbico-depresiva, con una incapacidad del 3 al 9%, y que la relación con la lesión es directa. La pericia médica estima una limitación del codo derecho del 5%, totalizando un 6,14% de incapacidad física. La fórmula de la ley 24.557, ajustando por preexistencias del 6%, da un porcentaje total de incapacidad del 11,41%. La resolución administrativa de la SRT confirmó la incapacidad del 2,37%, por lo que se deduce la suma abonada por la ART. La suma total de la indemnización, incluyendo intereses, asciende a $2.084.828,59. La prestación en salud será en especie, conforme a la normativa vigente.”
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