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ESPAGNAC CARLOS ROBERTO y otro/a S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

Homologación de acuerdo transaccional en proceso laboral por conciliación y pago de suma acordada; Tribunal homologó el acuerdo y dispuso cumplimiento de tasas y honorarios.

Honorarios profesionales Cumplimiento de obligaciones Resolucion judicial Tasa de justicia Provincia de buenos aires Conciliacion Argentina Tribunal del trabajo Homologacion acuerdo laboral Reclamacion de monto

Quién demanda: CARLOS ROBERTO ESPAGNAC

¿A quién se demanda?

FABIAN ALEJANDRO GARCIA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de acuerdo conciliatorio con pago de $5.000.000 a favor del actor, costas a cargo del demandado, cumplimiento de tasas y regulación de honorarios profesionales.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el acuerdo transaccional presentado por las partes, confirmando la suma pactada de $5.000.000 en favor del actor, y ordenó a la demandada acreditar el cumplimiento de la tasa de justicia por $110.000 y la contribución al Colegio de Abogados por $11.000, en el plazo de cinco días. Además, reguló honorarios profesionales por $1.000.000 a cada letrado, con aplicación de las escalas y leyes pertinentes. Fundamentos principales de la decisión:
- La jueza Dra. Bartoli expresó que "importando la solución arribada una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Dec. Ley 15.057), deberá homologarse la misma, teniendo presente lo demás manifestado e imponiéndose las costas a la demandada".
- La Dra. Slavin adhirió por sus fundamentos al voto precedente, coincidiendo en la homologación del acuerdo.
- La Dra. Moscuzza, en cambio, consideró que "previo a homologar el acuerdo presentado debe darse cumplimiento con el pago de la Tasa de Justicia y su Contribución". Por ello, el acuerdo fue homologado con la condición de acreditarse el cumplimiento de dichas tasas.
- Se ordenó la revalidación de la suma de $5.000.000, a cargo del demandado, y se reguló el pago de honorarios profesionales, incluyendo la incidencia del IVA y las escalas correspondientes.
- La resolución también dispone que las partes den cumplimiento a las obligaciones de tasas y honorarios, y que las notificaciones se practiquen conforme a la normativa vigente.

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