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GOTTSCHALK ANDRADE MERCEDES INES y otros S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

La homologación del acuerdo transaccional en autos de conciliación laboral. La Cámara homologó el acuerdo y ordenó el pago de $4.000.000 a la actora, además de establecer obligaciones de pago y regulación de honorarios, con fundamentación en el art. 15 de la L.C.T. y la ley 15.057.

Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Acuerdo transaccional Tasa de justicia Conciliacion laboral Homologacion de acuerdo Jurisprudencia scba Ley 15.057 Pago de suma acordada Art. 15 l.c.t.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora, María Anabela Britos, demandó a los demandados Alejandro Daniel Ahalloub y Mercedes Inés Gottschalk Andrade, reclamando el cumplimiento de un acuerdo conciliatorio.
- El tribunal, tras analizar la transacción propuesta, consideró que "la solución arribada importa una justa composición de los derechos y deberes de las partes" y que "debe homologarse la misma, teniendo presente lo demás manifestado".
- La resolución establece la homologación del acuerdo y el pago de $4.000.000 a favor de Britos, a cargo de los demandados, además de la acreditación de la tasa de justicia y contribución al Colegio de Abogados.
- Se regula también la regulación de honorarios profesionales, estableciendo los montos y los porcentajes aplicables.
- El tribunal cita en su fundamentación: "la homologación de los acuerdos conciliatorios en autos de trámite laboral, en virtud de la naturaleza del proceso y la finalidad de promover la justicia y la eficiencia procesal". La decisión se basa en el cumplimiento del art. 15 de la L.C.T. y en la jurisprudencia citada (SCBA 10-9-95 "Garzon c/ El Mangrullo").
- La homologación incluye la revalidación del acuerdo y la orden de pago, así como las obligaciones accesorias.
- Los honorarios se regulan conforme a los pactos y la base del monto del acuerdo, con actualización y aplicación del IVA.
- Se ordena además dar cumplimiento al art. 277 de la L.C.T. y se notifican las resoluciones a las partes.
- La resolución está firmada por la actuario/a y registrada en Mar del Plata, en la fecha de firma digital.

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