BERECIARTUA JUAN JOSE C/ PROVINCIA ART S.A S/ MATERIA A CATEGORIZAR
El tribunal hizo lugar a la demanda de honorarios profesionales de Juan José Bereciartua por su actuación en el expediente administrativo de reconocimiento de carácter laboral del accidente, condenando a la aseguradora a pagarle 7 jus y regulando honorarios de abogados en 2 jus cada uno, confirmando la procedencia del reclamo y la liquidación de costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Juan José Bereciartua, promovió demanda contra PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A, reclamando la regulación de honorarios por su labor como abogado patrocinante en el expediente administrativo N° 252786/24 de la Comisión Médica N° 11 de La Plata, que concluyó con la disposición de alcance particular del 27/8/2024, que reconoció el carácter laboral del accidente sufrido por la trabajadora Daniel Matías Gómez. La demandada, en su defensa, se allanó a la pretensión, admitiendo la actuación del letrado en el inicio del expediente y señalando que la tramitación posterior fue de oficio. El tribunal consideró que, conforme a las leyes 24.557, 27.348, la resolución SRT 298/17 y la ley arancelaria local 14.697, la actuación del letrado en dicho expediente es susceptible de honorarios. La sentencia determinó que corresponde pagarle 7 jus por su trabajo en el expediente, de acuerdo a las pautas del art. 44 de la ley 14.697, y regular honorarios de abogados en 2 jus para cada uno, considerando la complejidad y el resultado favorable. Se impusieron costas a la parte demandada vencida y se liquidaron honorarios profesionales, incluyendo aportes previsionales e IVA si correspondiera. Los jueces coincidieron en la procedencia del reclamo y en la cuantía de la condena, confirmando la decisión en todos sus términos.
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