TELLERIA JUAN IGNACIO C/ PROVINCIA ART S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
El tribunal reguló los honorarios del letrado Juan I. Telleria por su actuación en el proceso administrativo ante la Comisión Médica N° 14 de Junín. La decisión fue hacer lugar a la demanda y regular los honorarios en 7,45 jus arancelarios, con más IVA, aplicando la normativa de la Ley 27.348 y Ley 14.967, confirmando la regulación en primera instancia por considerarla ajustada a derecho.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Dr. Juan I. Telleria promovió demanda por regulación de honorarios por su actuación como letrado en el expediente SRT 096257/25, donde intervino en representación del damnificado Sr. Perez Adalberto Oscar ante la Comisión Médica N° 14 de Junín. La Comisión Médica concluyó que la incapacidad laboral era del 3.33% TO y homologó un acuerdo por $5.722.526,90. La demandante solicitó que se regulen sus honorarios conforme a la Ley 14.967, aplicando la escala del art. 21, ya que su actuación fue en un procedimiento administrativo, no jurisdiccional. La parte demandada, Provincia ART, refutó la pretensión citando jurisprudencia y normativas distintas, argumentando que los honorarios debían ajustarse a la normativa del art. 44 inciso b) de la Ley 14.967, que establece una escala del 10% al 25% del monto total regulado, en este caso, la suma de $5.722.526,90. El tribunal analizó la normativa aplicable, concluyendo que la actuación del letrado fue en un procedimiento administrativo, por lo cual correspondía regular sus honorarios en 7,45 jus arancelarios, en base a la Ley 27.348 y Ley 14.967, con lo cual hizo lugar a la demanda. La regulación incluye además honorarios para otros profesionales y costas a cargo de la parte demandada.
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