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LATORRE MATIAS IVAN C/ AUTOSEGURO GOB. PCIA DE BUENOS AIRES S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

La Cámara de Trabajo de Junín regula los honorarios del letrado en el proceso ante la Comisión Médica N° 14 de Junín, confirmando la procedencia y estableciendo un monto de 10 JUS, en línea con la normativa aplicable, en reconocimiento de los servicios profesionales en trámite administrativo previo.

Recurso de apelacion Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Riesgos del trabajo Comision medica Procedimiento administrativo Accidentes laborales Comisiones medicas jurisdiccionales Ley 27.348 Ley 14.967

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Dr. Matias Ivan Latorre, en calidad de letrado del Sr. Maria Julieta Moyano, promovió demanda para que se regulen sus honorarios por actuación en un expediente administrativo ante la Comisión Médica N° 14 de Junín, en el marco de un proceso de determinación de incapacidad derivada de un accidente laboral ocurrido el 10/03/2025. La actividad profesional fue oficiosa y la autoridad administrativa concluyó en dictamen favorable a la damnificada, razón por la cual el tribunal consideró procedente regular los honorarios en el mínimo legal de 10 JUS, en atención a lo previsto en los arts. 1° de la Ley 27.348 y art. 44 de la Ley 14.967, aplicando la normativa de comisiones médicas jurisdiccionales y la ley de riesgos del trabajo. La defensa de la parte demandada argumentó que la regulación era prematura, dado que el trámite administrativo aún no había culminado, y que la incapacidad no había sido determinada en forma definitiva, pero el tribunal rechazó estos argumentos y hizo lugar a la demanda, estableciendo los honorarios en 10 JUS en carácter provisional, con la regulación definitiva en futuro acuerdo si la incapacidad se homologa.

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