FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CRISTIANIA SCA S/ APREMIO PROVINCIAL
Sentencia que ordena el remate y ejecución de pago contra Cristiania SCA por deuda fiscal de $41.268,50, confirmando la validez de la intimación y el embargo, y ordenando el pago con intereses desde la demanda.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La presente resolución judicial fue dictada en un proceso de ejecución fiscal promovido por el Fisco de la Provincia de Buenos Aires contra Cristiania SCA. La sentencia ordena continuar la ejecución hasta que la demandada realice el pago íntegro del capital reclamado, que asciende a $41.268,50, con intereses desde la interposición de la demanda hasta su efectivo cumplimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 104 del Código Fiscal. La resolución se fundamenta en que la parte demandada no opuso excepciones en el plazo legal, por lo que se le considera en mora y se le da por perdido el derecho a oponer defensas. Además, se deja constancia de que la parte ejecutada fue debidamente notificada y que se constituirá en domicilio en los estrados del juzgado. Se imponen las costas a la parte vencida y se difiere la regulación de honorarios para una oportunidad futura. La sentencia también ordena la incorporación del mandamiento de intimación y embargo a los autos, con el fin de proceder al remate de los bienes de la ejecutada. Fundamentos principales: "Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos. Por ello, conforme a lo peticionado y en virtud de lo prescripto por los artículos 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406 y los artículos 540, 549, ss. y concs. del C.P.C.C.;" "Se manda llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, CRISTIANIA SCA; haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado en PESOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 50/100, ($ 41.268,50). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago." "Las costas se imponen a la vencida (arts. 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406; 41, 68, 556, ss. y concs. del C.P.C.C.). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 34, 51 y concs. de ley 14.967)."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: