Logo

VALDEZ ADRIANA YOLANDA C/ CANOS JORGE EDUARDO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.POR USO AUTOMOT.(C/LES.O MUERTE)(SIN RESP.EST.)

Responsabilidad civil por accidente de tránsito con fallecimiento. La Cámara enmarca la responsabilidad compartida y dicta una sentencia que reconoce la responsabilidad del 60% a Lantos por maniobra imprudente y del 40% a Canos por incumplimiento de deberes de cuidado, condenando a ambos y a las aseguradoras en parte.

Responsabilidad objetiva Danos y perjuicios Responsabilidad civil Dano patrimonial Responsabilidad compartida Responsabilidad del propietario Mecanica del siniestro Accidente transito Danos morales Danos por fallecimiento.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue promovida por Adriana Yolanda Valdez y Gimenez Eduardo Javier contra Jorge Eduardo Canos, Lantos Carlos Elias, la Sociedad Anónima que era propietaria del vehículo, la aseguradora Mutual Rivadavia, y HSBC en garantía. Se reclama indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 31 de enero de 2009 en Florencio Varela, donde falleció Yanina Soledad Giménez, pasajera en la motocicleta conducida por Lantos, tras colisión con un colectivo conducido por Canos. La parte actora fundamenta su reclamo en la imprudencia y negligencia de los conductores, el incumplimiento de las normas de tránsito, y la responsabilidad objetiva del dueño del vehículo. La aseguradora Mutual Rivadavia reconoce la existencia del siniestro pero niega responsabilidad del asegurado Canos, atribuyéndola a Lantos. La defensa de la sociedad propietaria del colectivo y del conductor Canos argumenta que la responsabilidad recae en Lantos por maniobra imprudente. La prueba pericial mecánica y accidentológica confirma la mecánica del accidente y la participación de ambos conductores. La jurisprudencia aplicable respalda la responsabilidad objetiva del dueño del vehículo, salvo prueba en contrario. La sentencia concluye que la responsabilidad es compartida en un 60% para Lantos y un 40% para Canos, por lo que se distribuyen las responsabilidades y se condena a los demandados en consecuencia. Se reconocen daños por valor vida, pérdida de chance, daño psicológico y moral, con sumas específicas para cada reclamante en función de la gravedad del daño y la relación causal. Los intereses se fijan desde el día del hecho y las costas se imponen en su totalidad a los demandados y aseguradoras vencidas.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar