EL PAÑOL S.A. C/ PIPARTEC S.R.L. Y OTRO/A S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC. ALQUILERES,ETC)**E**
El tribunal condena a Pipartec SRL y Lautaro Matías Schreiner a pagar a El Pañol S.A. la suma de $295.623,97 por incumplimiento de pago de facturas por alquiler de maquinaria y servicios, confirmando la validez de las constancias documentales y la pericia contable que acreditan la deuda.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La empresa demandante, El Pañol S.A., reclama el pago de $108.730 por facturas impagas correspondientes a alquiler de maquinaria y servicios relacionados, realizados entre octubre y diciembre de 2018, por operaciones documentadas, y que no fueron canceladas pese a reclamos extrajudiciales. La demandada Pipartec SRL y Lautaro Schreiner, a pesar de ser debidamente notificados, no contestaron ni comparecieron, por lo que se declaró su rebeldía en los términos del art 59 del CPCC, admitiendo tácitamente los hechos y documentos aportados por la actora. Se valoró la prueba documental y la pericia contable, que determinó que la deuda asciende a $295.623,97 con intereses desde el 31/05/2023, fecha del informe pericial, aplicando la tasa pasiva digital del Banco de la Provincia de Buenos Aires. La sentencia sostiene que: "la posición procesal asumida por los demandados, que condujera a la declaración de rebeldía, lleva implícito como es sabido el reconocimiento tácito no sólo de los documentos que fueran incorporados sino también de la versión de los hechos sostenida por el reclamante." La condena incluye además la imposición de costas a los vencidos y la postergación de la regulación de honorarios. Fundamentos principales: "la declaración de rebeldía, en los términos del art 59 del CPCC, implica el reconocimiento tácito de los hechos y documentos aportados por la parte actora, lo que refuerza la validez del reclamo. La prueba pericial contable, que no fue objetada, confirma la existencia de la deuda y su monto, con intereses calculados conforme a la tasa pasiva digital del Banco de la Provincia de Buenos Aires, aplicados desde la fecha de la pericia. La documentación acompañada, incluyendo contratos, remitos y facturas, avala la prestación de servicios y alquiler de maquinaria, así como la recepción y conformidad de los mismos por parte de la demandada." "En atención a la prueba producida y a la declaración de rebeldía, se concluye que la demandada incumplió sus obligaciones de pago, siendo procedente hacer lugar a la demanda en todos sus términos."
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