ALVAN MARTA JACINTA C/ TRANSPORTES 25 DE MAYO S.R.L. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La sentencia hace lugar a la demanda por daños y perjuicios contra Transportes 25 de Mayo S.R.L., condenándola a pagar $4.440.000 más intereses y costas, por responsabilidad del transporte en lesiones a la actora, y confirma la responsabilidad de la aseguradora en la misma línea, en atención a la relación contractual y la responsabilidad objetiva del transportista.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora Marta Jacinta Alvan demanda a Transportes 25 de Mayo S.R.L. y a la aseguradora Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros por lesiones sufridas durante un transporte en colectivo.
- La actora reclama una indemnización total de $4.440.000, por daños físicos, gastos, daño moral, y otros conceptos.
- La sentencia reconoce que el hecho del transporte ocurrió y que las lesiones se produjeron en ese contexto, y que la responsabilidad del transportista es objetiva, basada en la normativa de consumo y en el régimen del contrato de transporte.
- Los hechos probados indican que la actora sufrió una caída en el colectivo, sin que la defensa logre probar que la caída fue por su propia culpa o causa ajena. La historia clínica y pericial médica acreditan lesiones y secuelas, y la prueba no logra desvirtuar la responsabilidad del transporte.
- La cuantificación del daño se fijó en $4.440.000, considerando incapacidad, lesiones, gasto de traslado y daño moral, aplicando criterios de sana crítica, fórmula actuarial, y valores actuales.
- Respecto a la responsabilidad de la aseguradora, la sentencia respeta la cobertura del seguro y descarta inconstitucionalidad de normas que limitan su responsabilidad, manteniendo la responsabilidad en la medida del seguro contratado.
- La sentencia rechaza los planteos de inconstitucionalidad del art. 50 de la ley 24.240 y de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928, y mantiene la tasa de interés del 6% anual desde la fecha del hecho hasta la sentencia, y la tasa activa descubierta en cuenta corriente para intereses posteriores.
- Finalmente, se confirma la condena en todos sus términos, con costas a la parte vencida.
- La apelación interpuesta por la demandada y aseguradora no prospera en cuanto a los planteos de inconstitucionalidad y en la aplicación de la normativa, confirmándose la decisión de primera instancia.
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