TORRENTS GUILLERMO RAUL S/ SUCESION AB-INTESTATO
Sentencia que declara a los hijos de Guillermo Raul TORRENTS como herederos en la sucesión ab-inesto del causante, con base en la acreditación del fallecimiento, nacimiento y publicación de edictos, confirmando la condición de herederos sin perjuicio de derechos de terceros.
Quién demanda: No corresponde a una parte en juicio, sino que es una declaración judicial de herederos en el proceso de sucesión ab-inesto.
¿A quién se demanda?
No hay demandado en sentido clásico; el proceso es de declaración de herederos por fallecimiento del causante Guillermo Raul TORRENTS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración legal de los herederos del causante, Guillermo Raul TORRENTS, en carácter de sus hijos Facundo y Marina.
¿Qué se resolvió?
El juez Bernardo Marcos Diez declaró a Facundo TORRENTS y Marina TORRENTS como herederos del causante en la sucesión ab-inesto, en virtud de la documentación y publicaciones efectuadas, y en cumplimiento de los requisitos legales.
Fundamentos principales:
- “Que con la documentación que se adjunta digitalmente a la presente, se acredita el fallecimiento de Guillermo Raul TORRENTS ocurrido el día 9 de diciembre de 2024, en la ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires.”
- “Que con la documentación que se adjunta digitalmente a la presente, se acredita el nacimiento de los hijos del causante: Facundo TORRENTS ocurrido el día 8 de mayo de 1987 y Marina TORRENTS ocurrido el día 20 de marzo de 1982, ambos en la ciudad de Buenos Aires.”
- “Que con la documentación que se adjunta digitalmente a la presente, se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2do. del C.P.C..”
- “El plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara la Actuaria.”
- “Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal en la presentación electrónica de fecha 20/08/2025 y lo dispuesto en los arts. 3565 del Código Civil Ley 340 y modificatorias, art. 2644 del Código Civil y Comercial Ley 26.994 y arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C., DECLARO: [...] que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por fallecimiento de Guillermo Raul TORRENTS, los suceden en carácter de herederos sus hijos: Facundo TORRENTS y Marina TORRENTS.”
- “Cese la intervención del señor Agente Fiscal.”
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