GIACOPETTI ELVIA RAMONA DOLORES C/ ESPINOSA ANDREA ROMINA S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
El tribunal hizo lugar a la demanda de desalojo contra Andrea Romina Espinosa. La decisión se fundamenta en la falta de título legítimo del ocupante y la condición de heredera universal de la actora, ordenando la desocupación en 10 días y confirmando la validez del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Elvia Ramona Dolores Giacopetti, demanda a Andrea Romina Espinosa y otros ocupantes para que desocupen un inmueble ubicado en calle Los Tilos N° 784, Manuel Alberti, Partido de Pilar. La demandante es heredera universal del propietario fallecido, Ramón Miguel Giacopetti, y acredita su derecho mediante declaratoria de herederos del expediente 46751/2016. La demandada, que no compareció, fue declarada rebelde y no acreditó título que justifique su ocupación. La sentencia concluye que la legitimación de la actora está acreditada, y la demandada carece de derecho para permanecer en el inmueble, por lo que se hace lugar a la demanda y se ordena la desocupación en 10 días. La sentencia también impone las costas a la demandada. El fallo se basa en que la acción de desalojo se encuentra respaldada por la ley y la prueba documental, dado que la demandada no presentó prueba suficiente de su derecho a mantener la ocupación. La jurisprudencia citada indica que la acción de desalojo procede cuando no se acredita título legítimo y la ocupación es indebida, y que la legitimación activa surge del dominio y la calidad de heredera en este caso.
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