IPUCHE ROMAN EDGARDO Y OTRO/A C/ VERNA JORGE EDUARDO S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La sentencia fue corregida para aclarar los nombres de los co- actores y precisar la suma total de la condena, estableciendo que la demanda prospera por $29.150.000, distribuidos entre el Sr. Torres Orellana y el Sr. Ipuche, conforme a los arts. 36 inc. 3 y 166 inc. 1 del CPCC.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El juez Pablo Federico Bostal aclara y corrige aspectos formales y numéricos en la sentencia definitiva dictada el 21 de agosto de 2025, en un expediente de daños y perjuicios por accidente automovilístico. La presentación de la letrada Melisa Fernandez Casarin, realizada el 26 de agosto de 2025, sirvió para rectificar errores en los nombres y en el monto reclamado. Se corrige que el nombre correcto del co-actor es JOSE ALEN TORRES ORELLANA, y que la suma total de la condena es de $29.150.000, con $21.650.000 atribuibles a Torres Orellana y $7.500.000 a Edgardo Ipuche, desglosados en incapacidad ($5.500.000) y daño moral ($2.000.000). El tribunal fundamenta que “en el considerando octavo y en el fallo N° 1 cuando se nombra al co-actor en autos, su nombre correcto es JOSE ALEN TORRES ORELLANA, y no como erróneamente allí se indica”, y que “la demanda prospera por la suma total de PESOS VIENTINUEVE MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL ($29.150.000), conforme a los arts. 36 inc. 3 y 166 inc. 1 del CPCC”. La resolución se notifica conjuntamente con la sentencia original y se ordena su registración.
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