URQUIZA, HECTOR ADRIAN Y OTRO/A C/ AZZI, QUITERIO S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA LARGA
El juzgado se excusa de continuar con el trámite del proceso por causal del art. 30 del C.P.C.C. La causa será remitida al juzgado correspondiente, y se ordena la baja en los registros de la secretaría.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El expediente involucra a Urquiza Héctor Adrián y otro demandando a Azzi Quiterio en una acción por prescripción adquisitiva larga. La resolución del tribunal señala que, por encontrarse comprendido en la causal del art. 30 del C.P.C.C., el juez se excusa de entender en el proceso y ordena que pase al juzgado que corresponda. La decisión se fundamenta en que el juez, tras asesorar a los herederos del causante, considera que debe excusarse en virtud de la causal de recusación prevista en la normativa. La resolución también ordena la baja en los libros de entrada y el envío de los autos a la Receptoría General de Expedientes, sin que se disponga sobre el fondo de la causa.
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