Logo

CALVO JOSE ANIBAL C/ GRUPO NIMANE SA EN FORMACION Y OTRO/A S/ COBRO EJECUTIVO

La Cámara de Apelaciones en lo Civil de la Provincia de Buenos Aires resolvió rechazar la excepción de inhabilidad de título y falta de legitimación pasiva planteada por la demandada, confirmando la sentencia de primera instancia que dictó el rechazo de la ejecución por acreditarse la falsificación de firma en el cheque.

Recurso de apelacion Prueba pericial caligrafica Legitimacion pasiva Ejecucion Camara de apelaciones Inhabilidad de titulo Derecho cambiario Primera instancia. Nulidad documento Falsificacion firma

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue promovida por Jose Anibal Calvo contra Grupo Nimane S.A. en Formación y Campos Serranos S.A. por la suma de $1.002.275,00, respaldada en un cheque librado por la primera y endosado a favor de la segunda. La demandada planteó una excepción de inhabilidad de título y falta de legitimación pasiva, negando la firma en el cheque y la deuda reclamada. La actora argumentó que la excepción no debía ser considerada, ya que no era una excepción impugnable en esta instancia, y presentó prueba pericial caligráfica que confirmó la falsificación de la firma. La Cámara analizó la prueba pericial, citó doctrina y jurisprudencia sobre la materia y concluyó que la firma en el cheque no corresponde a la firma de la demandada, por lo que la excepción debía ser atendida. En consecuencia, rechazó la ejecución y confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la excepción. Fundamentos principales: "El ejecutado que se excepciona alegando la falsificación de la firma que se le atribuye en el documento base de la acción ejecutiva, es quien tiene a su cargo la prueba de la excepción (art 547, C.P.C.). La pericia caligráfica agregada en autos concluyó que la firma en el cheque no corresponde caligráficamente al puño escritural de las personas autorizadas por la empresa Grupo Nimane S.A., específicamente a Nincevic, Ivan Horario, Ner, Marti Pablo y Malbran Martinez Zuv Jorge Ricar. La prueba pericial fue realizada por un perito calígrafo, no impugnada, que afirmó que 'la firma en el cheque Serie: 00000041, por el monto de $1.002.275, no corresponde caligráficamente al puño escritural de las personas autorizadas por la empresa Grupo Nimane S.A.'." "En virtud de la prueba pericial y la argumentación del tribunal, se concluye que la firma falsificada en el cheque no fue acreditada por la actora, y que la defensa de inhabilidad de título debe ser atendida, resultando procedente la declaración de nulidad del documento y la extinción de la acción ejecutiva."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar