SARAPE SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL INDUSTRIAL INMOBILIARIA FINANCI C/ LANDGRAF CARLOS HORACIO Y OTRO/A S/ ACCION REIVINDICATORIA
La sentencia ordena la restitución de la posesión del inmueble reivindicado a favor de SARAPE, tras determinar que el alambrado divisorio fue emplazado en forma ilegítima por el demandado Landgraf, y rechaza la pretensión de daños por falta de prueba suficiente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, SARAPE, promovió una acción reivindicatoria contra Landgraf, propietario lindero, solicitando la restitución de una fracción del inmueble de su propiedad, alegando que el demandado colocó un alambrado mal emplazado, invadiendo su propiedad. La prueba pericial señaló que el alambrado fue emplazado de manera incorrecta, invadiendo la superficie reivindicada. Testigos corroboraron que el alambrado estaba dentro del predio de SARAPE. La parte demandada negó los hechos, argumentando que fue la propia actora la que colocó el alambrado. La sentencia concluyó que la prueba pericial y testimonial acreditaron la invasión y la colocación ilegítima del alambrado por parte del demandado, por lo que se hizo lugar a la reivindicación y se ordenó la restitución. Sobre daños, el tribunal consideró que no se probó el daño alegado por la actora, por lo que fue rechazado. La sentencia dispuso además las costas a cargo del vencido, Landgraf. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "El análisis de las imágenes permite apreciar que la parcela 1720b tiene una merma compatible con lo planteado en autos, producto de que se emplazó mal el alambrado divisorio." La medición con sistema satelital demostró que el alambrado invade la propiedad de SARAPE, confirmando la versión del perito. La impugnación del demandado carece de sustento científico y no logra desvirtuar las conclusiones periciales. Los testigos vecinos también confirmaron que el alambrado está dentro del predio del actor, fortaleciendo la prueba de la invasión. La declaración del testigo Correa Torrent, que afirmó que el demandado colocó el alambrado al responder una deuda, fue considerada veraz y suficiente. Por estas razones, se concluye que el demandado colocó el alambrado en forma ilegítima, invadiendo la propiedad de SARAPE, por lo que se ordena la restitución.
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