BERRIOS CHOQUE, PRESENTA c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a la aseguradora a abonar una suma por secuelas físicas derivadas de un accidente en trayecto, manteniendo el porcentaje de incapacidad y rechazando los agravios de las partes.
- Quién demanda: La Sra. Berrios Choque
¿A quién se demanda?
Federación Patronal Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por secuelas físicas y incapacidad del 2,48% derivada de accidente en trayecto ocurrido el 27 de julio de 2017, y otros ítems relacionados.
¿Qué se resolvió?
La Cámara mantuvo la condena de la sentencia de grado, rechazando los agravios sobre la inexistencia del nexo causal, la valoración de la incapacidad psíquica, el monto del ingreso base, y cuestiones procesales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“La existencia del nexo causal entre el accidente y las lesiones físicas de la actora está acreditada por el reconocimiento y las prestaciones médicas brindadas por la aseguradora, además del peritaje médico que concluyó una incapacidad parcial y permanente del 2,48%, con hallazgos objetivos en resonancias y radiografías que respaldan la afección. La disputa sobre la incapacidad psíquica no prospera, pues no se cumplen los requisitos del baremo para su reconocimiento, y el análisis de la experticia médica ratifica la existencia de una limitación en la movilidad del tobillo izquierdo. La valoración del ingreso base mensual se realizó conforme a la normativa vigente, y la aplicación del DNU 669/19 fue rechazada por inconstitucionalidad, manteniendo el criterio de actualización por RIPTE y un interés del 6% anual. Las costas y honorarios fueron ajustados en consecuencia.”
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