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RAMONDA CARLOS ALBERTO C/ LIDERAR COMPAÑÍA GENERAL DE SEGUROS S.A S/ EJECUCION HONORARIOS

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial en Mar del Plata ordenó la ejecución de honorarios profesionales y aportes por $1.276.022,50 más intereses del 12% anual, tras no haberse opuesto excepciones legítimas en la causa de ejecución de honorarios. La decisión se fundamenta en el incumplimiento del plazo legal para el pago y en las disposiciones de la ley 14967.


¿Quién es el actor?

RAMONDA CARLOS ALBERTO

¿A quién se demanda?

Liderar Compañía General De Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de honorarios profesionales regulados en varias oportunidades y aportes, totalizando $1.403.624,75, más intereses al 12% anual desde las fechas de mora.

¿Qué se resolvió?

La Cámara ordenó continuar con la ejecución de los honorarios y aportes, imponiendo costas a la demandada y estableciendo que la mora se produce al vencimiento del plazo de 10 días desde la firmeza de la regulación. Se toman en cuenta distintas fechas de mora por honorarios regulados en diferentes oportunidades.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Resulta de aplicación al caso el artículo 54 de la Ley 14967... Los honorarios regulados por trabajos judiciales deberán abonarse dentro de los diez (10) días de haber quedado firme el auto regulatorio... La mora del obligado al pago de los honorarios se produce al vencimiento del plazo de diez días corridos, posteriores a la firmeza de la providencia regulatoria." "El letrado ha optado por la opción a) del art. 54 de la ley arancelaria. Así, el profesional reclama sus honorarios convertidos en la unidad Ius, con un interés del 12% anual... Habrá de aplicársele la tasa de interés del 12% anual desde las fechas de constitución en mora indicadas precedentemente hasta el efectivo pago y a lo que se adicionará la suma de $127.602,25 por aportes." "Por ello, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 503, 504, 506 y concs. del C.P.C.C. FALLO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución, hasta tanto la ejecutada haga íntegro pago al Dr. Carlos Alberto Ramonda, la suma de $1.276.022,50 y sus aportes ($127.602,25), con más los intereses al 12% anual, los que se aplicarán desde las fechas de constitución en mora indicadas en el considerando II." "Imponer las costas a la ejecutada vencida." "Se adjunta en formato pdf la respuesta brindada por el Banco Provincia en las actuaciones principales."

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