INC SA c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE ECONOMIA SECRETARIA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45
La Cámara Federal rechazó la competencia del tribunal y remite las actuaciones a la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal por inconstitucionalidad del art. 53 del DNU 274/2019.
- Quién demanda: No especificado en el extracto.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional Ministerio de Economía
- Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de apelación contra una resolución administrativa.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativo Federal declaró su incompetencia para entender en el expediente y remite las actuaciones a la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, basándose en que el art. 53 del DNU 274/2019 debe declararse inconstitucional, por lo que la competencia corresponde a dicho tribunal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, por medio de la resolución obrante a fs. 211, la Sala I.
- de la Cámara Civil y Comercial Federal declaró su incompetencia para entender en las presentes actuaciones... señalando que 'respecto de la competencia del Tribunal, se ha decidido -en reiteradas oportunidades
- que el art. 53 del DNU 274/2019 debe declararse inconstitucional, de manera tal que la asignación de competencia a este fuero no puede ser admitida (cfr. esta Sala, causas 5584/24 del 18.4.24, 5124/24 del 18.4.24, 14350/23 del 19.10.23, entre muchas otras).'
"En tales condiciones, y de conformidad con lo dictaminado por el Fiscal General, corresponde rechazar la atribución de competencia decidida en autos y remitir las actuaciones a la Sala I.
- de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal..."
Se remarca que la declaración de incompetencia se fundamenta en la inconstitucionalidad del artículo del decreto que atribuye competencia a este tribunal, y en la jurisprudencia reiterada de la Cámara que ha declarado esa norma inconstitucional.
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