FUNDACION HUESPED c/ EN - M SALUD - ACCESO A LA INFO PUBLICA s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la declaración de carácter abstracto de la cuestión en un proceso de amparo por acceso a información pública, y dejó sin efecto la sentencia de primera instancia. La decisión se fundamentó en que la cuestión ya no tiene objeto actual y que las costas deben distribuirse en el orden causado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Fundación Huesped promovió acción de amparo contra el Ministerio de Salud de la Nación solicitando acceso a información sobre vacunas contra Covid-19 y vacunas aplicadas por población objetivo. La primera instancia hizo lugar a la acción y ordenó al Ministerio brindar la información. La demandada interpuso recurso de apelación, alegando que la vía adecuada era el amparo por mora, y que la información ya había sido proporcionada y está disponible en sitios web oficiales. La Cámara confirmó que la cuestión principal se tornó abstracta, dado que la información ya fue entregada y la controversia perdió actualidad, citando fallos de la CSJN que establecen que si lo demandado carece de objeto actual, su decisión es inoficiosa. Además, dispuso que las costas se distribuyan en el orden causado, dada la naturaleza del pronunciamiento. La Cámara concluyó que la cuestión no puede ser resuelta en términos sustanciales y que, en consecuencia, procede revocar la sentencia de primera instancia y declarar la cuestión abstracta.
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