SAMPEDRO, JOSE MARIA c/ OCUPANTES DE LA CALLE PASAJE CASTELLANO 4959 Y OTRO s/DESALOJO: INTRUSOS
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda de desalojo por ocupación clandestina y violenta, considerando vencido el contrato de locación y rechazando las alegaciones del apelante sobre la vigencia del contrato.
- Quién demanda: José María Sampedro (actor)
¿A quién se demanda?
Ocupantes de la calle Pasaje Castellano 4959 y Otros (demandados)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Desalojo del inmueble por ocupación clandestina y violenta, y declaración del derecho del actor a la restitución.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda de desalojo, señalando que el contrato de locación se encontraba vencido al momento del fallo y que la ocupación del inmueble era clandestina y violenta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal destacó que, a la fecha del dictado de la sentencia, el contrato de locación, iniciado el 17 de noviembre de 2016, y extendido hasta el 15 de octubre de 2024, se encontraba vencido, por lo que no existía motivo para impedir la restitución del inmueble. Se consideró que la hipótesis de ocupación clandestina y violenta se vio desvirtuada por la prueba producida y que la ocupación en cuestión era ilegítima. Asimismo, se argumentó que la existencia de un contrato vigente en el momento del inicio del proceso no impedía la acción de desalojo cuando ya había vencido y la ocupación era clandestina. La demanda fue fundada en la ley de desalojo y en que el actor acreditó el dominio del inmueble y su derecho a obtener la restitución. El tribunal también recordó que, conforme al art. 163, inc. 6°, del Código Procesal, los hechos sobrevinientes al momento de la sentencia pueden ser considerados en la resolución, y en este caso, la vencimiento del contrato fue un hecho relevante y sobreviniente que consolidó el derecho del actor. Se destacó que no existe perjuicio en la decisión y que las costas se impusieron en el orden causado, en atención a la derrota del apelante.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: