MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ BARROS MARCELO PABLO Y OTRO/A S/ APREMIO
La sentencia homologó un acuerdo de pago alcanzado entre las partes, extinguiendo la obligación y dando por concluido el proceso, además dispuso el levantamiento de la medida cautelar y reguló honorarios y costas, confirmando la voluntad de las partes y la validez del acuerdo conforme a la ley.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La letrada apoderada de la parte actora, Dra. Nataly Denise Tonlorenzi Sebastia, y Marcelo Pablo Barros, alcanzaron un acuerdo de pago, ratificado por el accionado y acompañado en autos. La sentencia destaca que “representando dicho acuerdo la voluntad expresa de las partes (art. 1641 y concdtes del Codigo Civil y Comercial de la Nación), no apareciendo en forma manifiesta vicios dirigidos a la voluntad del acto celebrado, corresponde admitir el mismo.” Además, el tribunal dispuso la extinción de la obligación, el cese de la medida cautelar y la regulación de honorarios, ajustados a las previsiones legales y a los montos pactados. La resolución también dispuso la comunicación de los oficios correspondientes para el levantamiento de la medida cautelar y la notificación del acuerdo. Las consideraciones principales indican que “la homologación del acuerdo de pago implica la extinción de la obligación y la conclusión del proceso, en línea con los artículos 1641 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación.” Asimismo, se destaca que “el acuerdo fue presentado y ratificado en tiempo y forma, sin indicios de vicios que afecten la voluntad de las partes.” La sentencia también resalta la validez del acuerdo en virtud de la ley 13.406 y las disposiciones sobre honorarios y costas.
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