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BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PRADO RICARDO AGUSTIN S/COBRO SUMARIO DE SUMAS DE DINERO **

El banco promovió demanda por cobro de suma adeudada por uso de tarjeta VISA y préstamo en saldo deudor. La sentencia hizo lugar a la acción y condenó al demandado a pagar las sumas reclamadas, fundamentando la decisión en la incomparecencia del demandado y en la documentación acreditada.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte demandada, Ricardo Agustín Prado, no compareció a estar a derecho pese a ser debidamente notificada, por lo que se lo declaró rebelde y se consideraron ciertos los hechos alegados por la actora, conforme a los arts. 34, 60, 354 y cc. del CPCC y el art. 263 del Código Civil y Comercial. La actora, en representación del Banco de la Provincia de Buenos Aires, promovió acción sumaria para cobrar $11.709,29, correspondiente al saldo de deuda por uso de tarjeta VISA y préstamo preclasificado en cajero automático, ambos documentados y no cuestionados por la parte demandada. La jurisprudencia citada por el tribunal sostiene que la omisión del demandado de negar los hechos genera una presunción de veracidad sobre los mismos y que basta la documentación acompañada para acreditar la deuda. Se estableció además que los intereses deben aplicarse conforme a las tasas pactadas en el contrato, o en su defecto, a las tasas pasivas del banco, desde la fecha de mora (03/08/2012). La sentencia condenó al demandado a pagar las sumas reclamadas, con costas a su cargo y difirió la regulación de honorarios.

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